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Luz verde al intercambio de información entre países

Las multas de tráfico ya no tienen fronteras

El Parlamento Europeo ha dado luz verde a una Directiva por la que se facilita la información entre países sobre infracciones de tráfico. O lo que es lo mismo que se garantizará que los conductores que cometan infracciones de tráfico en el extranjero recibirán las multas.

CEA, el Comisionado Europeo del Automóvil, recuerda a los conductores españoles que vaya a viajar al extranjero que a partir de ahora el intercambio de información sobre infracciones de tráfico entre los distintos países de la Unión Europea es un hecho, a excepción de Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, países donde aún no se aplica esta directiva.

Ya en los últimos meses, los conductores españoles están recibiendo multas procedentes del países europeo. Francia es el país del que más multas llegan, siendo los excesos de velocidad las infracciones más repetidas, seguidas de saltarse un stop o no realizar un ceda el paso.

En las multas que reciben los conductores españoles, se está aplicando el procedimiento sancionador y las cuantías previstas para las multas del país donde se haya cometido la infracción.

El intercambio de datos que contempla esta nueva directiva, afecta a ocho infracciones de tráfico:

-Exceso de velocidad.

-No utilizar el cinturón.

-Falta por no frenar en un semáforo en rojo.

-Conducir bajo los efectos del alcohol.

-Conducir bajo la influencia de drogas.

-No utilizar un casco.

-Conducir por un carril prohibido.

-Utilizar ilegalmente un teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación mientras se conduce.

¿QUÉ HACER CUANDO SE RECIBE MULTA FUERA DE ESPAÑA?

-Desde CEA se aconseja:

-Identificar al conductor si el vehículo pertenece a una persona jurídica.

-Pagar la multa: hacer uso de los medios de pago que prevé el documento con los descuentos previstos en el mismo.

-Presentar recurso: en este caso los motivos de recursos en muchos casos suelen ser muy reducidos (perdida de la documentación, robo del vehículo o de sus placas, venta del vehículo, identificación de otro conductor, etc.) y difieren según cada país.

-No pagar.

CONSECUENCIAS DEL NO PAGO O DE LA PRESENTACIÓN DE UN RECURSO

Si el conductor decide recurrir.  la Asesoría Jurídica de CEA advierte que la presentación de un recurso será vista por un órgano judicial del país donde se cometió la infracción que podrá estimar o desestimar las alegaciones presentadas, por lo que:

Si se estiman las alegaciones, el procedimiento se sobresee. Si se desestima el recurso, el país sancionador podrá solicitar la ejecución de la sanción en España. Se aplicará para ello la Ley 23/2014 de 20 de noviembre de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la U.E. En España tramitará y ejecutará el Juzgado de lo Penal del lugar de residencia del infractor. El mismo procedimiento se aplicará para aquellas multas que no se paguen. No se exigirán multas por importes inferiores a 70 €.

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