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Así es la nueva Ley de Tráfico: Más prohibiciones y multas thumbnail Trafico

Así es la nueva Ley de Tráfico: Más prohibiciones y multas

La Ley de Tráfico se ha reformado y trae más multas y prohibiciones que afectan a la seguridad.

Ahora hay nuevos límites de velocidad tanto en ciudad como en carretera. También nueva reglamentación para patinetes, el uso del cinturón, el caso, los sistemas de retención infantil y móvil. Echa un vistazo, te lo contamos todo:

VELOCIDAD

=> Adiós al margen de 20 km/h para adelantar. En carretera ya no podrás adelantar con un margen de 20 km/h sobre el límite marcado. Esto ya es historia, ahora ya no puedes superar la velocidad establecida en esa carretera.

=>A 30 km/h en ciudad. En casco urbano se imponen los 30 km/h. Esta es el nuevo límite en vías de un solo carril por sentido. Si son calles que no disponen de acera hay que ir a 20 km/h máximo. Y solo podrás circular a 50 km/h en las calles de dos o más carriles de circulación por sentido.

CINTURÓN, CASCO, SRI

=> Siempre bien abrochados. Se vigilará especialmente el uso del cinturón en el coche, el casco en la moto y los sistema de retención infantil. Del mismo modo, se penaliza la utilización de dispositivos para minimizar la retención del cinturón, como pinzas o objetos similares, y también el no llevarlo bien abrochado.

MÓVIL

=> No lo lleves en la mano. utilización del móvil sin manos libres está penalizada hace ya tiempo pero ahora también es objeto de multa el llevar el dispositivo en la mano aunque no lo estés utilizando.

PATINETES ELÉCTRICOS

=> A cumplir todas las normas. Ya están regulados los vehículos de movilidad personal. Así, los patinetes y demás deben tener la velocidad limitada entre 6 y 25 km/h, tendrán que cumplir con todas las normas de tráfico como el resto de vehículos
=> Solo por la calzada. Además tienen prohibida la circulación por vías interurbanas, travesías, aceras, túneles urbanos, autopistas y autovías.
=> Certificado de circulación. Obligatorio este certificado que debe expedir el fabricante.

DETECTORES DE RADARES

=> Multa por llevarlo también apagado. Hasta ahora se multaba la utilización de un detector de radar para evitar multas de velocidad. Ahora, también es objeto de sanción llevarlo en el coche aunque no se utilice.

¿CÓMO RECUPERAMOS LOS PUNTOS?

=> Cursos de conducción. Se pueden hacer cursos de conducción seguro para recuperar los puntos. La DGT establecerá como deben ser.
=> Dos años para recuperar puntos. También se ha unificado a dos años el plazo sin que se haya cometido ninguna infracción para recuperar los 12 puntos iniciales.

FURGONETAS EFICIENTES CON CARNÉ B

=> Más furgonetas pero más limpias. A causa de la proliferación de furgonetas por las calles de las ciudades y carreteras a causa del boom del comercio electrónico, ahora se podrá conducirlas con permiso de conducir B, siempre y cuando las furgonetas de hasta 4.250 kg tengan un motor eléctrico o híbrido enchufable.

PROFESIONALES DESDE 18 AÑOS

=> Conducir camiones y autobuses con 18 años. Se rebaja a 18 años la edad para conducir camiones y autobuses. Pero hay que esperar a 21 para llevar pasajeros.

EXAMEN DE CONDUCIR

=> No a los intercomunicadores. Se castiga especialmente que la persona que se examina utilice intercomunicadores no autorizados en el examen. La multa será de 500 euros y seis meses sin poderse volver a examinar.

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