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¿Me pueden sancionar por no llevar la pegatina de la ITV en el parabrisas?

He tenido que cambiar el cristal delantero del coche con lo que ya no llevo la pegatina de la ITV, que está vigente. ¿Me pueden multar por ello? También me gustaría saber ¿Cuál es el plazo para pasar la ITV una vez ha caducado?

LA RESPUESTA DE AEA: En primer lugar debemos indicarle lo que dice exactamente la ley, para a continuación darle nuestra opinión jurídica al respecto, ya que sobre esta cuestión existen alguna lagunas.

El distintivo V-19 indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica periódica, así como la fecha en la que debe pasar la próxima inspección. En el caso de vehículos que tengan parabrisas debe colocarse por su cara interior en el ángulo superior derecho del mismo. En el resto de vehículos, la norma no especifica dónde debe colocarse, indicándose solamente que sea «en sitio bien visible».

La normativa sobre ITV no ha regulado la expedición de duplicados del distintivo,  y por tanto no te van a dar uno nuevo en caso de rotura del cristal. En estos casos, y con el fin de que no te formulen denuncia por este motivo, te aconsejamos exhibas al agente que te lo solicite el informe favorable de inspección y la ficha técnica, que son obligatorios llevar en el coche, y lo hagas constar expresamente en el boletín de denuncia y en el escritos de alegaciones que debes presentar a Tráfico, en caso de que el agente persista en su intención de denunciarte.

De acuerdo con la actual Ley de Seguridad Vial esta infracción estaría calificada como una infracción leve, pudiendo ser sancionada con multa de hasta 100 € (En la actualidad la DGT aplica 80 €).

Sin embargo en nuestra opinión este hecho no debería ser objeto de sanción alguna porque la información acerca de si un vehículo ha pasado o no la ITV, ya la tiene la propia Administración, y no es exigible  por tanto que los ciudadanos tengan que aportar una información  de la que ya dispone la Administración.

El sistema de pegatinas es un sistema de control absolutamente arcaico y primitivo,  y ampliamente superado por los actuales sistemas informáticos. Además, en el precio que abonamos a la ITV ya incluyen la tasa de Tráfico que sirve precisamente para anotar la inspección realizada en el registro de vehículos. Es decir, que Tráfico sabe quién -teniendo la obligación de pasar la ITV- la ha pasado y quién no. Ocurre lo mismo con el control del aseguramiento de los vehículos: Tráfico sabe quién está o no asegurado sin necesidad de distintivos.  Este sistema de control, que se utiliza en países como Francia está ampliamente superado, ya que sin necesidad de parar a los vehículos para comprobar si tienen o no pegatina -con el consiguiente gasto de policías- se sabe si tienen seguro o si han pasado la ITV.

Y respecto al plazo de gracia sin pasar la ITV, debemos informarle que en este momento no hay ninguno.

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