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¿Se puede grabar con una cámara desde un coche?

Me han regalado una cámara para instalarla en el coche y poder ir grabando las circunstancias del tráfico. Y por eso quería saber si hay alguna normativa que prohíba su uso. 

LA RESPUESTA DE AEA: La consulta que nos hace tiene muchos matices, por lo que habría que determinar los fines que se persiguen con esa grabación, el espacio que se va a grabar, etc., para poder darle una respuesta concreta, ya que su legalidad depende de muchos factores.

En principio, una grabación no es ilegal siempre que no se realice vulnerando el derecho a la intimidad (por ej. grabación de espacios privados) o al de la propia imagen (por ej. captación y reproducción sin autorización de los afectados).

No obstante, debemos informarle de que la captación de imágenes de las personas físicas, es decir, la grabación de la imagen de una persona, es un dato personal y genera un tratamiento de datos sometido a La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y por tanto sujeto a una serie de requisitos respecto del responsable del fichero y los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los ciudadanos.

Por su parte, la Agencia Española de Protección de Datos ha tenido oportunidad de pronunciarse en distintas ocasiones sobre el tratamiento de datos personales a través de sistemas de cámaras o videocámaras (en taxis, en comunidades de propietarios), y ha establecido que es necesario analizar caso a caso para determinar si esa grabación se ajusta o no a la Ley.

Y desde el punto de seguridad vial, no existe una prohibición expresa al respecto, siendo de aplicación la prescripción general del Art. 18 del Reglamento General de Circulación: “Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares».

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